Somos un equipo de especialistas multidiciplinarios en materia de seguridad social, cuyo objetivo es garantizar la mejor pensión del seguro social, para ello y como primer paso es necesario elaborar un cálculo actuarial multivariable de costo beneficio, es decir cuanto inviertes en tus cuotas de modalidad 40 y cuanto recibiras de pensión.
Modalidad 40
Costo Modalidad 40
El costo de la modalidad 40 es decisión del afiliado, pudiendo escoger entre un salario igual o mayor al último registrado con su última relación formal de trabajo, siempre que no rebase el límite de cotización de 25 Salarios Mínimos vigentes en la Ciudad de México (hoy UMA).
Una vez quedando registrado el salario en el AFIL 02 en la inscripción de la modalidad 40, se retribuirá el 10.075% por concepto de aportaciones obrero patronales.
El asegurado cubre las cuotas obrero y patronales por mensualidad adelantada de la siguiente forma:
- -La cuota fija cubierta por el patrón equivalente al 20.4% de un salario mínimo del DF.
- -Para los asegurados cuyo salario base de cotización sea mayor a 3 veces el salario mínimo del DF el patrón paga 1.1% del excedente y el obrero 0.4%.
- -Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedad y maternidad el patrón paga el 0.7% y el obrero el 0.25% sobre el salario base de cotización.
- -El seguro de Invalidez y Vida el patrón paga el 1.75% y el obrero el 0.625% del salario base de cotización.
El asegurado cubre las cuotas obrero y patronales por mensualidad adelantada de la siguiente forma:
- -Del ramo del retiro al patrón el 2% del salario base de cotización.
- -Del ramo cesantía en edad avanzada y vejez al patrón le corresponde el 3.150% y al obrero el 1.125% del salario base de cotización.
- -Guarderías y prestaciones sociales el patrón paga el 1% sobre el salario base de cotización.
- -Gastos médicos para pensionados al patrón le toca el 1.05% y al obrero el 0.375% del salario base de cotización.
Enfermedades y maternidad |
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Prestaciones en especie |
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Cuota fija |
Excedentes |
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Del patrón |
Del asegurado |
Total |
Del patrón |
Del asegurado |
Total |
|
20.40% |
--- |
20.40% |
1.10% |
0.40% |
1.50% |
Prestaciones en dinero |
|
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Única |
Gastos médicos pensionados |
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Del patrón |
Del asegurado |
Total |
Del patrón |
Del asegurado |
Total |
0.70% |
0.25% |
0.95% |
1.05% |
0.38% |
1.43% |
La modalidad tiene un costo compuesto ya que diversos seguros y sus porcentajes de aportación dan origen al 10.075% que es su costo total del salario base cotización con el que se esté registrado al momento de la inscripción, dicho costo no se incrementara, ya que el salario registrado el que determina el pago mensual el salario registrado debe ser mayor o igual al último con el que se cotizó al IMSS en el régimen obligatorio. Las aportaciones a la Modalidad 40 incluyen las cuotas obreros y patronales y su respectiva aportación a la AFORE, se debe tener en cuenta que las aportaciones a la modalidad 40 no incluyen la aportación al rubro de vivienda INFONAVIT 97.
SEGURO PORCENTAJE
Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez 6.275%
Invalidez y Vida 2.375%
Gastos médicos de pensionados 1.425%
TOTAL 10.075%
Vigente a partir del |
Años |
Invalidez y vida |
Guarderías y gastos de previsión social |
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Del patrón |
Del asegurado |
Total |
Del patrón |
Del asegurado |
Total |
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1o de Enero |
2018 |
1.75% |
0.63% |
2.38% |
1.00% |
--- |
1.00% |
Retiro |
|||||
Retiro |
Cesantía y vejez |
||||
Del patrón |
Del asegurado |
Total |
Del patrón |
Del asegurado |
Total |
2.00% |
--- |
2.00% |
3.15% |
1.13% |
4.28% |
Costo de la modalidad 40 2023
El costo de la modalidad 40 para 2019 con una UMA de $103.74, para un tope de 25 UMAS $ 103.74, es de $ 8,977.28
Costo de la modalidad 40 2022
El costo de la modalidad 40 para 2019 con una UMA de $96,22, para un tope de 25 UMAS $ 2,405.55, es de $ 7,900.00
Costo de la modalidad 40 2021
El costo de la modalidad 40 para 2019 con una UMA de $89.62, para un tope de 25 UMAS $ 2,240.5, es de $ 7,500
Costo de la modalidad 40 2020
El costo de la modalidad 40 para 2019 con una UMA de $86.88, para un tope de 25 UMAS $ 2,172, es de $ 7,200.61
Costo de la modalidad 40 2019
El costo de la modalidad 40 para 2019 con una UMA de $84.49, para un tope de 25 UMAS $ 2,112.25, es de $ 6,906.61
Costo de la modalidad 40 2018
El costo de la modalidad 40 para 2018 con una UMA de $80.60, para un tope de 25 UMAS $2,015.00, es de $ 6,296.88
Costo de la modalidad 40 2017
El costo de la modalidad 40 para 2017 con una UMA de $75.49, para un tope de 25 UMAS $1,887.25, es de $5,897.66
Costo de la modalidad 40 2016
El costo de la modalidad 40 para 2016 con un Salario mínimo de $73.04, para un tope de 25 salarios mínimos $1,826.00, es de $5,706.25
Costo de la modalidad 40 2015
El costo de la modalidad 40 para 2015 con un Salario mínimo de $70.10, para un tope de 25 salarios mínimos $1,752.50, es de $5,476.56
Costo de la modalidad 40 2014
El costo de la modalidad 40 para 2014 con un Salario mínimo de $67.29, para un tope de 25 salarios mínimos $1,682.25, es de $5,257.03
Costo de la modalidad 40 2013
El costo de la modalidad 40 para 2013 con un Salario mínimo de $64.76, para un tope de 25 salarios mínimos $1,619.00, es de $ 5,059.38
Costo de la modalidad 40 2012
El costo de la modalidad 40 para 2012 con un Salario mínimo de $62.33, para un tope de 25 salarios mínimos $1,558.25, es de $4,869.53
Fundamentación juridica costos de la modalidad 40
Del artículo 106 de la Ley Instituto Mexicano del Seguro Social y sus transitorios
1) La cuota fija la paga el patrón y es 20.4% de un salario mínimo del DF
2) Para los asegurados cuyo salario base de cotización sea mayor a 3 veces el salario mínimo del DF el patrón paga 1.1% del excedente y el obrero 0.4% del excedente
3) Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedad y maternidad el patrón paga el 0.7% y el obrero el 0.25% sobre el salario base de cotización
Del artículo 147 de la Ley Instituto Mexicano del Seguro Social
4) El seguro de Invalidez y Vida el patrón paga el 1.75% y el obrero el 0.625% del salario base de cotización
Del artículo 168 de la Ley Instituto Mexicano del Seguro Social.
5) del ramo del retiro al patrón el 2% del salario base de cotización
6) del ramo cesantía en edad avanzada y vejez al patrón le corresponde el 3.150% y al obrero el 1.125% del salario base de cotización
Del artículo 211 de la Ley Instituto Mexicano del Seguro Social
7) Guarderías y prestaciones sociales el patrón paga el 1% sobre el salario base de cotización
Del articulo 25
8) gastos médicos para pensionados al patrón le toca el 1.05% y al obrero el 0.375% del salario base de cotización
y del articulo 73
9) por riego de trabajo este varía según la siniestralidad de la empresa el primer año es una cuota que varía según el giro de la empresa y cada año en el mes de febrero se presenta la declaración de riesgos de trabajo y este porcentaje puede variar según la siniestralidad que haya tenido la empresa.