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CALCULO MODALIDAD 40

Somos un equipo de especialistas multidiciplinarios en materia de seguridad social, cuyo objetivo es garantizar la mejor pensión del seguro social, para ello y como primer paso es necesario elaborar un cálculo actuarial multivariable de costo beneficio, es decir cuanto inviertes en tus cuotas de modalidad 40 y cuanto recibiras de pensión.

Modalidad 40

Derechos y obligaciones Modalidad 40.

 

Cualquier personan inscrita en la Modalidad 40 IMSS goza de los siguientes beneficios:

A) Mantener o mejorar el salario base de cotización de acuerdo al último salario percibido en el régimen obligatorio del IMSS.
B) Incremento de las semanas de cotización por el periodo durante el cual el asegurado esté inscrito en la modalidad 40 del IMSS.
C) Incrementar la conservación de derechos para la obtención de una pensión IMSS.

La modalidad 40 IMSS cubre los siguientes seguros:

  • Invalidez. En caso de sufrir un percance y mediante la estimación de un médico legista del IMSS se podrá acceder a una pensión de invalidez parcial o permanente.
  • Vejez. AL cumplir los 65 años de edad y cotizar dentro de la modalidad 40 el asegurado podrá optar por una pensión al 100% de acuerdo a la edad y demás criterios aplicables.
  • Cesantía en edad avanzada. Al estar en una edad de 60 a 64 años el asegurado podrá realizar la baja de la modalidad 40 y recibir una pensión desde el 75% al 95% de acurdo a su edad y demás criterios aplicables.
  • Muerte. En caso de deceso del asegurado y si existen beneficiarios legales como esposa o concubina, hijos menores de 18 años o padres que dependiesen económicamente del asegurado, podrán acceder a una pensión de acuerdo al parentesco.

Fundamentación jurÍdica derechos y obligaciones de la modalidad 40

Artículo 27 ley del IMSS 1997. El salario base de cotización se integra a traves de las aportaciones que se realicen durante la inscripción del proceso de continuación voluntaria

Artículo 28. El limite del salario base de cotización con el que el asegurado se puede inscribir son 25 salarios mínimos vigentes (UMAS).

Fundamento legal de las semanas cotizadas aplicables a la Modalidad 40 en la Ley del Seguro Social de 1997:

 

DÉCIMO OCTAVO. Dependiende del régimen con el que un asegurado decida pensionarse las semanas cotización cotizadas bajo el régimen anterior serán reconocidas en su beneficio.

  1. Mejora para conservación de derechos.

Fundamento legal de la conservación de derechos aplicables a la Modalidad 40 en la Ley del Seguro Social de 1997:

SECCIÓN SEPTIMA DE LA CONSERVACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE DERECHOS

Artículo 150. La conservación de derechos será igual a la cuarta parte del tiempo cotizado.

Obligaciones en la Modalidad 40.

  1. Elaborar formalmente la solicitud de inscripción a través del es escrito y AFIL del IMSS
  1. Pagar ininterrumpidamente el talonario de pago en las fechas establecidas en la institución bancaria pactada todo conforme a lo previsto en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización:

Artículo 128. Los asegurados deberán realizar el pago en forma adelantada máximo los días 17 de cadas mes.

  1. -Renovar el talonario de pagos en el mes de febrero y una vez agotado el que previamente otorgado.
  2. -El pago se deberá realizar en la institución bancaria previamente establecida en el Instituto Mexicano del Seguro Social
  3. -Notificar a través de escrito la baja de la modalidad 40.
  4. -Conservar para cotejar los pagos realizados junto con el talonario de pagos.